Preguntas Frecuentes
Accidente de trabajo es todo hecho súbito y violento que ocurra en ocasión del trabajo, básicamente es todo accidente que ocurre en el lugar donde el trabajador realiza su tarea y por causa de la misma. También se considera accidente de trabajo a los ocurridos entre el trayecto que va desde el domicilio del trabajador hasta el lugar del trabajo (accidente in itinere).
Tenés que informar el hecho ante tu empleador, quien tiene la obligación de comunicar el accidente o enfermedad a la ART para que te brinden de manera inmediata las prestaciones médicas. Si no puede el trabajador informarlo por su estado de salud, lo pueden hacer sus familiares.
Es el accidente que ocurre en el trayecto que el trabajador hace hacia al trabajo o en el camino de vuelta a su domicilio. Los accidentes que se dan con más frecuencia suelen ser los provocados por accidentes de tránsito y los que son productos de la inseguridad actual (robos violentos, caídas, etc.)
Podes efectuar vos mismo la denuncia a la ART o los familiares del trabajador en caso de que este no pueda. En la credencial de tu ART, que tu empleador tiene la obligación de entregarle, figura una línea telefónica gratuita para hacer la denuncia. Si no sabes que ART tenés o querés que te asesoremos, contáctanos inmeditamente.
La ART tiene la obligación de recibir toda denuncia de accidente o enfermedad profesional. Si se negara a hacerlo, contáctanos para que le notifiquemos fehaciente y de manera formal mediante el envío de un telegrama laboral (gratuito)t.
Debe otorgarte en forma inmediata toda la asistencia médica, farmacológica, prótesis, órtesis o rehabilitación que sean necesarias, sin límites y en forma totalmente gratuita. Además debe reintegrarte el costo del traslado en transporte público, hacia y desde el prestador médico. En caso de necesitar otro tipo de traslado, el mismo debe ser indicado por el médico tratante y cubierto obligatoriamente por la ART.
Debe otorgarte en forma inmediata toda la asistencia médica, farmacológica, prótesis, órtesis o rehabilitación que sean necesarias, sin límites y en forma totalmente gratuita. Además debe reintegrarte el costo del traslado en transporte público, hacia y desde el prestador médico. En caso de necesitar otro tipo de traslado, el mismo debe ser indicado por el médico tratante y cubierto obligatoriamente por la ART.
Te recomendamos actuar con un equipo de abogados especialistas para presentarte ante la Comisión Médica correspondiente para iniciar el trámite por Rechazo de la denuncia de la contingencia.
El reclamo es contra la ART (Aseguradora de Riesgos del Trabajo), quien es la responsable de abonar la Indemnización. El reclamo NO es contra tu empleador
Dentro del plazo de cinco días de notificado del dictamen, se puede presentar una apelación en la Comisión Médica por escrito indicando los motivos y fundamentos legales dirigida a la Comisión Médica o a los Juzgados Laborales
Sin gastos ni adelantos
No cobramos adelantos ni gastos. El estudio se hace cargo de los gastos que generan tu reclamo y solo cobramos honorarios en caso de que el resultado sea exitoso
15 años de experiencia
Ejercemos la profesión en el área de derecho de daños resolviendo los más complejos casos de accidentes de tránsito y A.R.T hasta lograr el mejor resultado y con la mayor celeridad
Máxima Indemnización
Contamos con un equipo de abogados y médicos legistas especialistas en accidentes de tránsito y A.R.T que te garantizan la máxima indemnización en el menor tiempo posible.
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(011)-3376-6188
Si Ud tuvo un accidente de trabajo o un accidente in itinere y le quedaron secuelas, podemos reclamar su indemnización